Osvaldo Rivera Riffo
Presidente
Fundación Voz Nacional


La historia no se reescribe  como algunos izquierdistas han pretendido hacerlo. Para ellos y para todos, la historia es implacable y se repite cuando los errores de los hombres dirigentes conducen  al desorden institucional y al caos social.

Hace 53 años se burlaba el estado de derecho, los ministros se acusaban constitucionalmente y sin más se los cambiaba de cartera y la meta seguía sin pausa .Los fallos judiciales no se cumplían y especialmente un subsecretario de la época, pariente de toda la clase política reinante desde hace años, se encargaba de no hacerlos cumplir, azuzando  tomas de fábricas  y predios agrícolas y amparando violentistas. A los terroristas se les llamaba  “jóvenes idealistas”, hoy se dice algo parecido “inocente de toda culpa”

En tanto el presidente de la época enviaba mensajes a los supremos “o aceptan los designios presidenciales o son contrarrevolucionarios” (o algo parecido a dicha amenaza).

Cuando la Corte Suprema se pronunciaba y hacía presente la ruptura del estado de derecho, la prensa afín a los marxistas no titubeaba en titular “Viejos de Mierda”.

Pareciera ser que esta historia, tan conocida y repetida tantas veces, para algunos diputados UDI la acción contumaz del presidente actual de romper toda norma, toda instancia que represente el valor de nuestras tradiciones, amparar y proteger terroristas, dar rienda suelta a la delincuencia mediante indultos fuera de toda norma legal, no merece una acusación ya que hay que salvar la institución Presidencia  de la República.

Pero de dónde sacaron estos aficionados a la moral pública, que un cargo mal ejercido abusando de sus poderes y atribuciones es deslindante de las personas que lo ejercen y por tanto acusar al señor Boric es acusar la institución que representa. Es un argumento por decir lo menos falaz y propio de ignorantes del Derecho .Si la propia constitución establece las causas y faculta a la Cámara de Diputados para proceder, es justamente la forma de defender la Institución Presidencia de la República para que quien la ejerce no siga desprestigiando el ejercicio del poder y dañando irremediablemente la democracia.

Argumentar que por esta vía seríamos como otros países latinoamericanos, no sólo es absurdo sino una falta de respeto al pueblo de Chile. ¿Quien los encargó de representar  y defender sus derechos? Es el pueblo el que lo exige y para ello no necesitamos la opinión personal de los  señores Alessandri, Coloma y Ramírez, quienes tienen un doble estándar que ha destruido el partido desde que en dicha colectividad, con los mismos argumentos salvaron a otro presidente de izquierda harto mejor que este, hay que reconocerlo.

Pero para que mi opinión se sustente de mejor manera indicaré lo siguiente citado de un informe en derecho solicitado por el propio parlamento, a ver si los diputados logran comprender ya que al parecer no lo han leído.

La acusación constitucional es un mecanismo de control político de orden constitucional que faculta al Congreso a entablar un juicio político o impeachment en contra de determinadas autoridades de Gobierno para exigirles responsabilidad política respecto del ejercicio de sus cargos.

Este mecanismo, de raíz anglosajona, se sustenta en el principio de equilibrio entre los Poderes del Estado y su aplicación en los sistemas presidenciales de gobierno en América Latina deriva principalmente del constitucionalismo norteamericano. Así, en palabras de Alexander Hamilton, uno de los Padres Fundadores de la Constitución estadounidense, señala que el juicio político atañe a:
“Aquellos delitos que proceden de la mala conducta de los hombres públicos o, en otras palabras, del abuso o violación de alguna confianza pública. Son de una naturaleza que puede denominarse, con peculiar propiedad política, ya que se relacionan principalmente con las lesiones hechas de inmediato a la sociedad misma" (Hamilton, Federalist 65, 1788).

Si con esta clarificación conceptual no ejercen su legítimo derecho constitucional, entonces estamos frente a una irresponsable política ya que según lo indicado por expertos se expresa lo siguiente ,”la acusación constitucional es un instituto de garantía de la Constitución que permite hacer efectivo el principio de responsabilidad constitucional de funcionarios y magistrados singularizados , cuyo objetivo no es el castigo del funcionario, sino según la doctrina norteamericana la protección de los intereses públicos contra el peligro u ofensa por el abuso del poder oficial, descuido del deber o conducta incompatible con la dignidad del cargo”

Así de claro señores diputados, no esgriman argumentos que se destruyen por el solo imperio de la ley.

¡Cumplan con su deber!!!

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