Gonzalo Ibáñez Santamaría


Al indultar a Jorge Mateluna, miembro del FPMR, Boric, por cierto, cometió un grave error de fondo, pues ponía en libertad a una persona condenada por actos terroristas. Compromete así la seguridad ciudadana de todos los chilenos. Pero también cometió un error de forma, porque señaló que lo hacía porque estaba convencido de su inocencia y porque el proceso que lo condenó habría incurrido, según él, “en severas irregularidades y en una valoración de la prueba que no estuvo a la altura de la justicia”. De inmediato, la Corte Suprema le recordó el precepto constitucional: “la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”. (Art. 76 inc. 1°). El conceder indultos es una facultad presidencial, pero no puede ejercerse de cualquier manera o esgrimiendo cualquier argumento. Puede concederlo por razones humanitarias a personas enfermas, ancianas o también a una madre que debe consagrarse al cuidado de sus hijos. Pero, al esgrimir como argumento para el indulto los motivos ya indicados, Boric hizo caso omiso de este artículo pues, como puede apreciarse, revisa el contenido del fallo y hace revivir un proceso ya fenecido.

También salió a la palestra la Fiscalía Nacional que señaló: “El señor Jorge Mateluna Rojas fue detenido en flagrancia por estos hechos y en definitiva la investigación demostró su participación en calidad de autor en los mismos. Lo anterior fue refrendado en todas las instancias judiciales, esto es, ante los señores jueces de Garantía que decretaron y revisaron la medida de prisión preventiva dictada en su contra; ante los señores jueces del Primer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago que dictaron la condena en su contra; ante los ministros de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago que rechazaron el recurso de nulidad interpuesto por su defensa; y, finalmente, la Excma. Corte Suprema, que en diciembre de 2018 rechazó un recurso extraordinario de revisión interpuesto a su favor. Todos los anteriores pronunciamientos fueron de carácter unánime”. Además, el recurso de revisión presentado hasta el final también fue rechazado en forma unánime por la Corte Suprema.

Con sus declaraciones, Boric incurrió en una grosera inconstitucionalidad, como lo señaló Jaime Campos, exministro de Justicia en el 2° gobierno de Bachelet. El daño ya está hecho, el indulto quedó a firme, y no se puede volver atrás. Por eso correspondería ahora estudiar la presentación contra Boric de una decidida acusación constitucional.

Fuente: https://www.facebook.com/gonzaloibanezsm

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