8 junio, 2024 

 

 

 

 

 

 

por Gonzalo Ibáñez


Las personas somos miembros de una misma comunidad a cuyo bien -el bien común- nos debemos. Ese es el criterio que debe presidir el ejercicio de nuestra libertad y en virtud del cual podemos discernir la moralidad de nuestra conducta.


En su último discurso, el Presidente Boric se refirió varias veces a los derechos humanos insistiendo en que su promoción constituye uno de los objetivos de su política.  Sobre esa base, anunció que pronto enviará un proyecto de ley para abrir espacio en Chile al aborto por múltiples causas, es decir a la posibilidad de matar a un ser humano para así dar satisfacción a los derechos de otra persona. Invocó, pues, los derechos humanos de unos para violar los derechos humanos de otros.

El motivo de la rebelión que estalló el 18 de octubre de 2019 fue, por su parte, el de que los derechos humanos habrían estado conculcados por políticas heredadas del gobierno militar y aplicadas durante 30 años por los gobiernos civiles que lo sucedieron. Pero, fue en nombre de esos derechos que los manifestantes practicaron una violencia sin límites que destruyó bienes públicos y privados de una manera que no encuentra parangón en nuestra historia. 

En definitiva, aparece que en nombre de tales derechos hay quienes están autorizados para destruir indiscriminadamente la vida humana tanto como la propiedad ajena, pública y privada. Se ha hecho así evidente la enorme contradicción que encierra el concepto de esos derechos: o son los míos o son los tuyos; pero, los tuyos y los míos, imposible.

Lo que está detrás de esta contradicción es el hecho de que, en las declaraciones de derechos humanos, comenzando por la de 1789, cada persona humana está considerada como un absoluto que no tiene más punto de referencia que su propio yo. Cada una es, entonces, sujeto ilimitado de esos derechos. ¿Por qué he de detener mis pretensiones para dar paso a las de otros? ¿Por qué no detienen ellos sus pretensiones para dar paso a las mías? No fue extrañar entonces que, desde el mismo comienzo, surgieran las contradicciones entre los derechos de unos y los derechos de los otros. De entrada, los Derechos del Hombre y del Ciudadano recogidos en la Declaración de 1789 debutaron en la historia por medio de la sanguinaria guillotina que, sólo en París, cortó la cabeza a más de 40.000 personas.

Ha sido el precio que hemos pagado por olvidar muchas veces nuestra tradición jurídica originada en la vieja Roma. Esta tradición nos enseña que las personas somos miembros de una misma comunidad a cuyo bien -el bien común- nos debemos. Ese es el criterio que debe presidir el ejercicio de nuestra libertad y en virtud del cual podemos discernir la moralidad de nuestra conducta. En segundo lugar, el bien de las partes es condición necesaria para el bien de la comunidad y por eso es por lo que debemos participar tanto en la construcción del bien común como en su distribución entre todos.

El criterio de distribución tanto de tareas como beneficios; de premios o de castigos, es el de la proporcionalidad de acuerdo con los méritos o deméritos de cada uno, al aporte que cada uno ha hecho o del daño que ha causado. Lo suyo de cada uno, la proporción que a cada uno le corresponde dentro de lo que se reparte, es lo que tradicionalmente se ha denominado derecho. Esa es la enorme tarea de la justicia a través de la ley: precisar y dar a cada uno lo suyo. Es la base sobre la cual se construye la comunidad, asegurando a cada uno su parte y, por esa vía, asegurando la paz social.

Mientras los derechos humanos se integren en esta tradición, no hay problemas. Estos se suscitan cuando, como decíamos, hay quienes se consideran, como sucede hoy entre nosotros, un absoluto sin más punto de referencia que su propio yo. La confrontación entonces se hace inevitable y la comunidad amenaza ruina. Lo estamos viviendo.

Fuente: https://ellibero.cl/tribuna/los-derechos-humanos-instrumentos-de-justicia-o-de-confrontacion/

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