Francisco Bartolucci Johnston


Se tramita en la Cámara de Diputados un proyecto de ley para obligar a los Directorios de las empresas privadas a establecer una forzada paridad entre sus miembros. Lo anterior es, desde luego, una intromisión indebida del Estado en la administración de los negocios del sector privado y una imposición que violenta la libertad que debe regir en las decisiones privativas de una empresa que pertenece a particulares.

En cartas y columnas anteriores he denunciado lo injusto e inaceptable que resultan los criterios de paridad impuestos por la fuerza de la ley, ya que entonces no se respetan otros que tienen mayor validez como son  la capacidad, la antigüedad, el mérito, la trayectoria, un escalafón establecido o la voluntad popular - como sucedió en la elección de convencionales recién pasada en que se dio por elegidos a quienes no lo fueron, sólo en razón de su sexo y se dejó fuera a quienes si lo fueron, y por la misma razón -  y en el caso en comento, establecer limitaciones a los legítimos dueños de una actividad empresarial para decidir  acerca de un asunto esencial para la buena marcha del negocio, como es, elegir libremente a sus colaboradores.

Desde otra perspectiva, la consideración por el sexo femenino – género que, supuestamente, resultaría beneficiado con la imposición de la paridad - no requiere de este tipo de ventajas ya que las mujeres han demostrado que es por sus méritos y capacidades que llegan a ocupar posiciones destacadas en todo tipo de actividades y lugares; por el contrario, es para ellas un demérito ya que dicha protección les considera incapaces de lograr por sí mismas y su personal valía los niveles que alcanzan.

Hoy nuestra sociedad entrega una amplia igualdad de oportunidades para ambos sexos en todos los espacios, por lo que nada justifica que se les trate de igualar por la fuerza, como resulta al imponer cuotas de paridad.

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