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23 DE MAYO DE 2023 

 

 

 

 

 

Hermógenes Pérez de Arce


El verdadero tema de fondo es "borrar a Pinochet" porque lo exigen los comunistas: ésa es la "madre del cordero", la "verdad de la milanesa". No vengamos con cuentos. Como la izquierda hace lo que dicen los comunistas, el centro hace lo que dice la izquierda, la centroderecha hace lo que dice el centro y eso ha sucedido durante 33 años, se concertaron para, por fin, borrar a Pinochet mediante una nueva Constitución. Pero resulta que el 7 de mayo no ganó ninguno de los anteriores, sino una derecha sin apellidos, propiamente tal, nueva, que hace, no lo que dicen otros, sino lo que dice ella misma. Y resto entreguista del país ahora no halla cómo digerirlo. 

Y esa derecha dice: "aquí se ha hecho trampa, no debe dictarse otra Constitución a partir de este segundo proceso constituyente surgido del contubernio Piñera-Boric y que va desde la UDI al PC. Este segundo proceso es nulo por falta de potestad constituyente, que la tiene el pueblo y no se le pidió a éste, mediante plebiscito, delegarla en los parlamentarios, como en el primer proceso. Se la han auto atribuido. Ahí está la trampa. Y "trampa nunca gana".

Pero el contubernio sigue adelante como si tal cosa y ya hay un borrador de nueva Constitución, dicen, propuesta por los Expertos. A primera vista no puede llamársela "nueva", pues los 12 "bordes" que configuran su esencia están contenidos en la actual, palabras más, palabras menos. Y los aditamentos que le han introducido dichos Expertos son materias propias de ley (caso del agua, que se ciñe al contenido del último Código de Aguas; o de la exigencia de 5 % de votación para subsistir como partido político, que es materia de la Ley de Partidos.) En el hecho se trata de reformas a la Constitución y a otras leyes.

Supongamos que la mayoría de los Consejeros no se rinde y le envía al Presidente de la República, tras modificar y corregir el texto que les ha sido sometido por la Comisión Experta, algo como el siguiente oficio o comunicado final:

"Excelentísimo Señor Presidente de la República:

"1) Es público y notorio que para escribir una nueva Constitución se habría precisado de una delegación o mandato plebiscitario de la ciudadanía, como titular del poder constituyente originario. Así se obró para llevar a cabo el primer proceso constituyente. Pero dicho requisito no se satisfizo en este segundo proceso, acordado sólo por una mayoría parlamentaria y el Ejecutivo. Tal incumplimiento lo torna nulo, pues adolece de la nulidad de derecho público descrita en el artículo 5º, en relación con el inciso segundo del artículo 7º de la Constitución.

"2) Este Consejo Constitucional no puede convertirse en coautor ni cómplice de esa irregularidad. Por tanto, se niega a calificar como "nueva Constitución" al proyecto que en este acto se acompaña.

"3) Con todo, en cumplimiento de la misión que nos ha encomendado hemos acordado un texto, tras trabajar a partir del recibido y haberlo discutido y modificado. Él puede dar origen a uno o más  proyectos de reforma constitucional y de reformas de códigos o leyes orgánicas constitucionales que el Poder Legislativo sí puede analizar, proponer y despachar dentro de sus atribuciones, sin contravenir la Carta Fundamental. Pues según ella tanto el Poder Ejecutivo como el Congreso Nacional pueden proponer y acordar, respectivamente mediante mensajes y mociones, tanto reformas constitucionales como legales.

"4) Por consiguiente, se acompaña como propuesta de este Consejo un conjunto de tales reformas, con la recomendación de que S. E el Presidente de la República las someta al Congreso Nacional. a fin de que éste las estudie, tramite y despache en la forma adecuada a derecho que estime conveniente.

"5) Así y dentro de la juridicidad este Consejo Constitucional pone término a sus funciones en el segundo proceso constituyente y tiene a bien expresar a S. E las seguridades de su más alta consideración y estima."

Cabe la posibilidad de que el Ejecutivo considere las cosas de otra manera e insista en un proyecto de nueva Constitución, sometiéndolo al pueblo en el plebiscito del 17 de diciembre del presente año.

Si en él triunfa la opción "A Favor", el veredicto popular habrá saneado toda situación de nulidad o inconstitucionalidad. Pero si una mayoría vota "En Contra", será por considerar que se ha obrado inconstitucionalmente y cometido una trampa en el juego democrático, negándose a cohonestarla. El pueblo tendrá la palabra y entonces se verá si es o no verdad que "trampa nunca gana".

Fuente: http://blogdehermogenes.blogspot.com/

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