Imprimir

20 DE MAYO DE 2020

 

 

 


Ha salido otro fallo increíble de la actual dictadura judicial de izquierda. La VI Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por Paola Plaza, Maritza Villadangos y Guillermo de la Barra, ha condenado a presidio perpetuo, por 26 fusilamientos ocurridos en Calama a media tarde del 19 de octubre de 1973, a dos ex oficiales que no participaron para nada en ellos: Pedro Espinoza Bravo y Juan Chiminelli Fullerton. Particularmente, en el caso de este último, consta en el proceso que ni siquiera estaba en la ciudad, pues había viajado entre las 14 y las 20 horas, junto al general Arellano, del cual era ayudante, a la fábrica Dupont de Chuquicamata.

Ya se da por sentado que los ministros sumariantes de uniformados no apliquen las leyes, en este caso amnistía, prescripción y cosa juzgada; eso lo sabemos y es lo habitual. Pero que den pruebas de ni siquiera haber leído el expediente ya excede de toda medida. Pues yo escribí un libro sobre el caso de la comitiva del general Arellano, basado en las piezas del proceso, y al releerlo me vueve a quedar clara una cosa: ni Pedro Espinoza ni Julio Chiminelli participaron. El primero porque no formó parte del grupo que los cometió y el segundo porque estaba en otro lugar, Chuquicamata, junto al general Arellano, cuando ocurrieron.

Los hechos sucintos consistieron en que un comandante (hoy fallecido), sin orden superior y por sí y ante sí, sustrajo a 26 presos de la cárcel de Calama y, al mando de un grupo de inferior rango, los llevó al Cerro Topater, próximo a la ciudad, y ordenó y encabezó su ametrallamiento.

Pero estos ministros de la VI Sala demuestran no tener idea de lo que pasó en el caso. Si Paola Plaza, Maritza Villalongos y Guillermo de la Barra hubieran leído el proceso que inició Juanito Guzmán Tapia en 1999, habrían comprobado que Pedro Espinoza estaba en un vehículo lejos de los hechos y Juan Chiminelli estaba en otra ciudad, Chuquicamata. 

Y confirma que no lo han leido el hecho de que hayan condenado también, pero a 16 años de presidio, al exoficial Oscar Figueroa, que tampoco pudo tener parte en los fusilamientos, porque en ese momento era Fiscal en un Consejo de Guerra que estaba sesionando en Calama precisamente a la misma hora y para juzgar a los fusilados. El autor principal, que obró sin orden superior y por su cuenta, y que falleció hace poco en Punta Peuco, pero pasó la mayor parte de su vida anterior en libertad, debió esto último a que los politizados jueces, partiendo por el primero de ellos en 1999, Juanito Guzmán Tapia, tenían una meta política y no judicial: querían procesar al ex Presidente Pinochet y para eso no les servía un verdadero culpable, actuando sin orden superior.

Pero los que leímos el expediente sabemos que el culpable se presentó al Consejo de Guerra que estaba juzgando a los fusilados y le informó que les había dado muerte por haberse sublevado. Entonces el Consejo de Guerra, atónito, le exigió dejar constancia por escrito de lo que había dicho. Y no sólo la dejó, como que se añadió al expediente, sino que, con una prepotencia increíble, le comunicó en voz alta al Consejo que nunca más iba a comparecer ante él y que no lo volvieran a citar, y se marchó. Esos fueron los hechos.

La prescripción existe en todo el mundo porque en ningún  país civilizado pueden ocurrir atrocidades judiciales como ésta, en que transcurridos 47 años un reexamen de los hechos pueda dar lugar a cualquier disparate, sobre todo si sobre la base de él se conceden indemnizaciones millonarias a múltiples personas.

Conocí bien los hechos al escribr el libro antes citado sobre ese proceso, en 2001, basado en el expediente, donde probé que Pinochet no había ordenado ni tenido participación ni conocimiento en las muertes que acaecieron. El historiador Gonzalo Vial reconoció la seriedad de ese libro en su biografía de Pinochet, donde dijo: "Hermógenes Pérez de Arce publicó un lúcido y provocador análisis jurídico de las irregularidades legales y procesales cometidas (afirmaba) por el ministro Guzmán en el juicio Pinochet. Nadie recogió el guante. No era el derecho el tema fundamental que se disputaba" (p. 693). Ahora se hace más obvio que no sólo no era el derecho, sino tampoco los hechos.

Los mayores escándalos judiciales contra uniformados eran, hasta hoy, condenar sin probar el delito (algo ya habitual), condenar a doce años de presidio por leer una nónima, condenar a cinco años por trasladar a una persona sana y salva de un lugar a otro, condenar a doce años por "estar ahí". Pero este nuevo horror judicial se incorpora a la categoría especial de "condenar por no estar ahí", con el agravante de que la penalidad de esa ausencia ahora ha sido alzada a la mayor de todas: cadena perpetua. Y nunca antes había quedado tan de manifiesto que los "rigurosos sentenciadores" ni siquiera habían leído el expediente.

Fuente: http://blogdehermogenes.blogspot.com/

.